La presidenta quiere “democratizar” la “Justicia” porque "cuando se trata de condenar al Estado y de juzgar funcionarios hay una cola larga de fiscales, pero cuando se trata de empresas o privados, nadie habla".

“Democratizar”, desde hace casi 30 años, no es otra cosa que hacer efectiva la “democracia constitucional”, donde el gobierno no sólo es elegido por el pueblo, sino también donde los derechos humanos, la división de poderes, la independencia judicial, el federalismo y la autonomía municipal están garantizados.

Por eso el pueblo elige, por voto directo, a sus legisladores, al presidente y al vicepresidente  e, indirectamente –y a través de ellos-, a los magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público.

La virtud de la “Justicia”, como esencia del derecho, exige “dar a cada uno lo suyo”, por eso el preámbulo de la Constitución exige afianzarla y declara que “Dios (es) fuente de toda razón y justicia”.

Para democratizarla, habría que comenzar por castigar la corrupción, dar mayor seguridad a las personas y revertir la brecha de desigualdad entre los que tienen más y los que tienen menos. Además, debe ser ciega, y no proclive a favorecer a gobernantes, ni a corporaciones, ni nadie en particular.

El anuncio presidencial hizo llover propuestas como que:

los jueces sean elegidos por el pueblo y por tiempo limitado, lo que permitiría que los hubiera peronistas, radicales, camporistas, etc.;

haya juicio por jurados, lo que ya se experimentó en Córdoba: con los escabinos (2 jurados y 3 jueces) en los ’90, y los actuales jurados “populares” de la ley Blumberg (3 jueces y 8 legos, y donde el juez que lo presidente no vota, pero debe fundar, de hecho y de derecho -a veces contra sus convicciones-, la disidencia de los iletrados, cuando estos no adhieren al de alguno de los jueces). Ambos fracasaron porque al ser elegidos por sorteo no representan al pueblo, porque su “sentido común” no mejoró la calidad de los fallos, y porque su número e ignorancia de la ley demoró e hizo más pesado el trámite de los juicio.

se cree una Corte Constitucional, además de la existente, mediante una reforma constitucional, propuesta por Eugenio Zaffaroni, lo que implicaría mutar el presidencialismo por el parlamentarismo.  Ello sería un retroceso democrático, ya que el parlamentarismo es un engendro de los sistemas monárquicos o post-monárquicos europeos, y la creación de esta  Corte, agregaría una nueva instancia -que demoraría más los pleitos-, y traería un inevitable conflicto con la Corte Suprema actual, como el suscitado cuando se implantó el Consejo de la Magistratura, y como ocurrió en los países vecinos donde se impuso una Corte Constitucional.

Si se quiere democratizar al Poder Judicial hay que cubrir el 20 % de las vacantes de jueces federales; despolitizar el Consejo de la Magistratura; designar por concurso al personal judicial, hacer menos extensa y más entendible las sentencias; despapelizar, digitalizar y simplificar los procedimientos; limitar el secreto y permitir el seguimiento de los pleitos y los fallos en las páginas Web y difundir más la negociación y la mediación en los conflictos. 

Los jueces que se designen en el fututo deberían oblar el impuesto a las ganancias, para lo cual habrá que adecuar el monto de sus ingresos, y mantener la intangibilidad de los ya designados para no transgredir la Constitución.

La Corte y los tribunales superiores, encargados del gobierno, la administración y la superintendencia del Poder Judicial, deben priorizar la labor jurisdiccional, y, además, limitar la tarea protocolar. La Corte Suprema debe fallar menos causas y los tribunales o cortes provinciales deben ser tribunales constitucionales y dejar de resolver recursos de casación o ser la única instancia para la acción de inconstitucionalidad, para lo que hay que reformar constituciones y leyes locales.

Las escuelas de la magistratura, federal y provinciales, deberán ser el camino obligado para el ingreso y la permanente actualización de los magistrados.

Los fiscales, defensores oficiales y sus colaboradores deberán ser designados probando idoneidad, y deberán actuar con la independencia que su función exige.

Las sentencias deben ser cumplidas por el poder político, como no ocurre actualmente con las que condenan al ANSeS a reajustar los haberes jubilatorios, o a reincorporar al procurador Sosa de Santa Cruz.

Los criterios respecto de las prisiones preventivas deben uniformarse para que no haya disparidades, como la libertad de Susana Freydoz homicida de su esposo, el gobernador Carlos Soria de Río Negro y de Sergio Schoklender y las Madres de Plaza de Mayo en el caso de las viviendas de “Sueño compartidos”; y las injustas y prolongadas prisiones de los abogados cordobeses Claudio Horacio Viale y Horacio Rueda, por haber actuado en juicios de la ley de riesgos del trabajo.

El crimen de José Ignacio Rucci merecería ser investigado y juzgado.

El Congreso debería sancionar un Código de Procedimiento Constitucional, como el que proyecté cuando fui diputado y que está vigente en Tucumán, que regle: los trámites de la acción de inconstitucionalidad y la inconstitucionalidad de oficio; los recursos ante la Corte Suprema y el per saltum; el hábeas corpus; el amparo; el hábeas data; la acción de rectificación o réplica; las medidas autosatisfactivas; las cautelares autónomas; la acción colectiva y “de clase”; y los conflictos de competencia entre los tribunales inferiores.

Los jueces al jurar prometen administrar “justicia bien y legalmente” (Art.112 CN), hasta que el pueblo no lo perciba la democratización no se habrá conseguido.  

                                                    Córdoba, febrero de 2013.