TEMA DEL MOMENTO

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PATTI, ¿ES O NO DIPUTADO?

La votación de la Cámara de Diputados que impidió el juramento y envió el diploma a comisión de Luis Abelardo Patti, diputado electo en la provincia de Buenos Aires por 400 mil votos, y a quién se lo sindica como torturador, sin que haya sentencia que lo condene; ha puesto, nuevamente, en debate el tema de los requisitos de admisión de los congresistas votados por el pueblo, y si es el electorado o la Cámara la que debe juzgar su idoneidad.

Este debate tiene una larga historia que se remonta al Congreso de Filadelfia, donde se sancionó la Constitución norteamericana, modelo de la nuestra, que determinó que un Congreso bicameral sería el Poder Legislativo y que sus integrantes, senadores y representantes, sólo tenía que reunir tres requisitos para ser elegidos e integrar las cámaras: el de la edad, la ciudadanía y el del domicilio. James Madison, en la sesión del 10 de agosto de 1787, instó al rechazo de otros requisitos respecto de los bienes que debían tener los representantes y afirmó: "Las aptitudes fundadas en distinciones artificiales pueden ser elaborada por los más fuertes con el fin de excluir a los partidarios de una facción (más débil)".

Alexander Hamilton, en los debates posteriores a dicho Congreso dijo que "Las aptitudes de las personas que pueden elegir y ser elegidas, como se ha señalado en otras ocasiones, se definen y establecen en la Constitución, y no pueden ser alteradas por la Legislatura". En otro discurso expresó que: “El verdadero principio de la república es que el pueblo debería elegir a quienes quieren que los gobiernen. La representación es imperfecta si se toma en cuenta el favoritismo popular. Esta gran fuente del gobierno libre y de elección popular, debería ser perfectamente pura, permitiendo la mayor libertad posible"

En 1868, a poco de terminar la guerra de secesión, la Cámara de Representantes excluyó por primera vez en su historia a dos miembros electos, “por ayuda y apoyo a la Confederación", atento la enemistad del Norte con el derrotado Sur. En 1890 hizo lo propio con un representante por pertenecer a la confesión de los mormones y ser "convicto y confeso de poligamia". El Senado, en cambio, en un caso posterior y ante un elegido también mormón y que practicaba la poligamia rehusó establecer calificaciones no enumeradas en la Constitución. En 1919 la Cámara de Representantes negó la incorporación a otro acusado de haber apoyado al enemigo y de haber publicado expresiones hostiles al gobierno.

En  el informe de la comisión que analizó la expulsión de Joan W. Langey dice que: “la Cámara no expulsará a un miembro por una acción cometida antes de su elección como miembro, ni siquiera en el caso de una condena por un delitos”

En 1942 el Senado rechazó la recomendación de una de sus comisiones de que no ocupara la banca el Senador electo William Langer de Dakota del Norte. Éste había sido procurador estadual, procurador general y luego gobernador en este estado, y fue acusado de conspiración por interferir con la aplicación de la legislación federal solicitando ilegalmente contribuciones políticas de los empleados federales y se inició un juicio en la Corte Suprema para removerlo de su cargo de gobernador. Cuando parecía inminente que el tribunal ordenaría su expulsión firmó la declaración de independencia, invocó la ley del estado, y abandonó su cargo en julio de 1934. 

En 1937 fue nuevamente elegido gobernador y más tarde fue electo senador de los Estados Unidos, luego de jurar en ese cargo una comisión de ese Cuerpo dictaminó en 1941 de que Langer no ocupara su banca al estudiar las acusaciones de malversación de fondos públicos, de haber interferido en el proceso judicial afectando la dignidad del Congreso y de falta de ética profesional como abogado. El plenario lo rechazó el 27 de marzo de 1942, luego de un año de debates y aceptó la banca de Langer.

En 1966 Adam Claynton Powell, Jr. fue reelegido en New York como representante, después de haber estado varios períodos en la Cámara de Representantes, fue excluido de la misma porque "se había valido de un privilegio injustificado de inmunidad con respecto al proceso judicial de Nueva York, había hecho un uso incorrecto de fondos de la Cámara para beneficio de terceros y de sí mismo y había efectuado falsos informes con respecto a los gastos de divisas." (Powell era presidente de la Comisión de Educación y Trabajo, y con algunos empleados habían engañado a las autoridades de la Cámara respecto de los gastos por viáticos). Powell planteó una demanda por esta causa, en el Tribunal de Distrito, que fue rechazada por "falta de jurisdicción en razón de la materia". La Cámara la confirmó en base a otros fundamentos y mientras se tramitaba la causa Powell fue electo nuevamente, e incorporado esta vez a la Cámara con una multa de US$ 25.000 y sin reconocerle la antigüedad. 

 Llegado el caso a la Corte Suprema, el 16 de junio de 1969, esta dijo que:"la Cámara de Representantes no estaba facultada para excluir de sus miembros a las personas debidamente elegidas por sus electores y que reunían los requisitos en materia de edad, ciudadanía y residencia especificados en la Constitución y el demandado tenía derecho de una sentencia declaratoria que expresara que había sido ilegalmente excluido del 90º Congreso."

El único antecedente en nuestro país, en que los requisitos constitucionales para acceder a una banca del Congreso son semejantes a los del país del norte, es cuando se impedió jurar y luego se excluyó del Cuerpo al diputado Antonio Domingo Bussi, electo en 1999 por casi cien mil votos, por segunda vez para ese cargo, luego de haber sido interventor -durante la época del proceso militar- y, más tarde, gobernador, elegido por el pueblo de Tucumán. El asunto fue llevado a la Justicia por el afectado la que le resolvió favorablemente en dos fallos de la Corte Suprema de Justicia, uno sobre la justiciabilidad del caso del 11 de octubre de 2001 y otro sobre la invalidez de la exclusión dispuesta por la Cámara, del 4 de noviembre de 2003. En este último invocó en sus fundamentos la interpretación de la Corte norteamericana en el referido caso “Powell”, pero cuando se dictó terminaba su mandato por lo que no pudo incorporarse al Cuerpo, habiendo sido reemplazado durante este tiempo por su hijo, que era suplente en la lista por la que fue electo.

La mayoría de los diputados al impedir el juramento de Patti por 212 votos contra 17 (entre negativas y abstenciones) olvidaron lo que dispone la Constitución, el Reglamento de la Cámara (art. 3º inc. 1º) y estos antecedentes, de que un  diputado electo no debe jurar sólo cuando las impugnaciones planteadas demuestren, prima facie, la falta de alguno de los requisitos de edad, residencia o nacionalidad exigida por el artículo 48 de la Ley fundamental. 

Si antes de ser elegido estuvo de parte del enemigo, fue polígamo, mormón, represor, torturador o cometió algún otro delito, por repugnante que sean, sólo el pueblo al momento de votar, y no sus pares, es quién debe juzgar su idoneidad para ser legislador  y cumplir así con el artículo 16 de nuestra Carta Fundamental.

Ante la comisión que estudia su caso el ex intendente de Escobar no necesita llevar un certificado de buena conducta, le basta con uno de domicilio y su D.N.I. para probar que es diputado de la Nación.

Mis convicciones éticas y políticas son totalmente opuestas a las de Bussi y a las de Patti, por lo que esta nota no tiene el propósito de defenderlos ni de absolverlos de sus reprochables conductas, sino el de aclarar, desde mi humilde óptica, lo que quiere la Constitución, que no es otra cosa que se respete la voluntad popular.

Córdoba, marzo de 2006.

Córdoba, diciembre de 2005.

(*) Es profesor de Derecho Constitucional de las Universidades Nacional y Católica de Córdoba, fue diputado de la Nación y es autor del libro Derecho Parlamentario Argentino.