José Manuel de la Sota, que como gobernador no puede presentar proyectos de reforma de la Constitución ni vetar la declaración de la necesidad de la misma que haga la Legislatura (art. 197), ha propuesto, al abrir el año legislativo, debatir algunos temas para una próxima reforma constitucional.

Esto no debe sorprendernos ya que las sociedades democráticas son una suerte de convención constituyente que permanente debate las “reglas de juego” que contienen las constituciones, aunque las cambios se concreten sólo de tiempo en tiempo. Pensemos, por ejemplo, que la XXVIIª Enmienda a la Constitución Norteamericana –que fue la última-, que dice que la modificación de la compensación de los legisladores no tendrá efectos hasta una nueva elección de diputados, tardó 203 años para ser ratificada (1789-1992).

En Córdoba está pendiente incorporar a la Constitución el Consejo de la Magistratura y el Ministerio Público autónomo, que proyectó el bloque del Peronismo Renovador y la Democracia Cristiana en la Convención de 1987, con la firma del propio De la Sota y la nuestra, y que no logró los votos para su sanción en esa Convención, ni en la convocada en 2001. Hoy el debate se centra en el perfil de ambas instituciones, y no sería difícil llegar a un acuerdo en la Legislatura para convocar a una breve y austera convención y darle rango constitucional a estos institutos.

El Consejo de la Magistratura del proyecto de 1987 estaba integrado por 3 legisladores, 3 jueces y 3 abogados y tenía 3 funciones: seleccionar por concurso los candidatos a magistrados y presentarlos al Ejecutivo -que los nombra con acuerdo de la Legislatura-, dirigir la Escuela de la Magistratura y hacer de Jurado de enjuiciamiento de magistrados. Este esquema es válido hoy.

El Ministerio Público, autónomo del Poder Ejecutivo y Judicial, debe estar a cargo de un Fiscal General, que ejerza sus funciones -como los jueces- mientras dure su buena conducta, y no por 5 años como ahora; ni dependa del Tribunal Superior. No debe ser elegido por el electorado por que eso lo condicionaría políticamente, y entonces tendríamos sí un Fiscal peronista, radical o demócrata cristiano, comprometido con los que lo votaron y financiaron su campaña. Esto, además de politizar el cargo, nos haría retroceder en el propósito de tener una Justicia independiente e idónea, especialmente ahora que el procedimiento penal transfirió competencias de los jueces a los fiscales. El nombramiento del Fiscal General, como el de vocales del Tribunal Superior, debería tener la publicidad y posibilidades de objeción por ciudadanos e instituciones, como recientemente se dispuso en el Decreto 3 /04; y el acuerdo de la Legislatura, debería ser con dos tercios de votos.

La “listas sábanas” se abolieron en la Convención de 2001, y se estableció un sistema electoral mixto, de 26 legisladores elegidos uno por cada departamento y 44 por una lista proporcional, con voto de preferencia, que la Legislatura todavía no reglamentó. Esto enriqueció la Legislatura unicameral con la presencia de 14 partidos políticos, elegidos en 2001 y de 8, en las de 2003, algo que desaparecería si se se votaran a los 70 legisladores por circunscripciones uninominales, por que caeríamos en una legislatura monocolor o dos partidos. Además, ¿quién dibujaría los circuitos en el mapa? No olvidemos las trampas que se hicieron con estos dibujos, en forma de salamandras, en la década del 50 en el gobierno de Juan Domingo Perón, y en Estados Unidos en el siglo XIX por el gobernador de Massachusetts Gerry, que dio el nombre de “gerrymandrismo” a esta mala práctica. 

Lo mismo pasaría si hacemos circuitos para elegir concejales, que son electos en forma proporcional, pero donde hay que suprimir el premio que hoy se concede a la lista mayoritaria al asignarle la mitad más uno de los concejales, cualquiera sean los votos obtenidos (art. 183 inc. 2). 

Volver a la época colonial con el “juicio de residencia” para quienes concluyen sus mandatos no dio resultados en las Constituciones de Formosa y Tierra del Fuego. ¿Cuál sería el castigo o el premio para los sometidos a este trámite? Esta pregunta no tiene respuesta ni en estas provincias ni en la propuesta en debate.

El FRACASO DE LOS JURADOS “POPULARES”

El rotundo fracaso que significó injertar 2 jurados no letrados por sorteo en las cámaras penales de tres jueces, a pedido del fiscal o el defensor, justifica hoy derogar el artículo 162 de la Constitución de 1987 que lo permitió. Los jurados en esta provincia poco se usaron (apenas 28 veces entre 1998 y 2002) y no han servido para nada. No favorecieron a los procesados, ni a la sociedad atacada por el delito, ni mejoraron los fallos, ya que poco pueden aportar a un tribunal técnico, ciudadanos que no conocen las leyes y ni el difícil arte de juzgar. En casi todo los casos adhirieron al voto de los jueces técnicos. Los jurados “populares” eran válidos cuando los jueces eran nobles designados por el rey, y los hijos del pueblo quería ser juzgado por sus pares. Hoy los jueces de la democracia también son “populares”, por que no pertenecen a una clase o casta superior, pero para que sean independientes, honestos e idóneos, se los somete a un riguroso sistema de selección y son designados por quienes han sido votados por el pueblo.

Si todavía susbsisten jurados en las leyes inglesa y norteamericana -donde sólo el 5 por ciento de los casos penales lo juzgan jurados-, es por que solo sirven para decir: inocente o culpable, y no para fundar en derecho las sentencia, como exige ésta absurda legislación cordobesa. El sistema penal oral y mixto, con jueces técnicos, creado en Córdoba a partir de 1940 por Alfredo Velez Mariconde, Sebastián Soler, Ricardo Nuñez, Jorge Clariá Olmedo y Raúl Torres Bas, es el mejor del mundo, por eso lo adoptaron todas las provincias argentinas y en el orden federal.

Fabricar consenso es uno de los deberes de la sociedad democrática, y, el debate, el mejor camino para lograrlo, por eso el planteo del gobernador es correcto, y mucho más cuando aclaró que no habrá nueva reelección ni otros beneficiados con la reforma. Espero que las disputas entre el gobernador y Luis Juez no obstaculicen este propósito.

Córdoba, febrero de 2004.