Ley 24.080 

PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL DE TRATADOS INTERNACIONALES EN LOS QUE ARGENTINA SEA PARTE.

BUENOS AIRES, 20 de Mayo de 1992 

BOLETIN OFICIAL, 18 de Junio de 1992 

Vigentes 

GENERALIDADES

CANTIDAD DE ARTICULOS QUE COMPONEN LA NORMA 4 

TEMA

PUBLICACION DE NORMAS-BOLETIN OFICIAL-TRATADOS INTERNACIONALES-RATIFICACION DE TRATADOS INTERNACIONALES-RESERVAS A TRATADOS INTERNACIONALES

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

artículo 1:

ARTICULO 1 - Deben publicarse en el Boletín Oficial lossiguientes actos y hechos referidos a tratados o convencionesinternacionales en los que la Nación Argentina sea parte: a) El texto del instrumento de ratificación del tratado oconvención con sus reservas y declaraciones interpretativas. b) El texto del tratado o convención al que se refiere el incisoprecedente, con la aprobación legislativa en su caso, más lasreservas y declaraciones interpretativas formuladas por las otraspartes signatarias. c) Fecha del depósito o canje de los instrumentos de ratificacióno de adhesión. d) Características del cumplimiento de la condición o fecha devencimiento del plazo al cual pudiera hallarse supeditada suvigencia. e) Fecha de la suspensión en la aplicación del tratado oconvención, o de su denuncia. 

artículo 2:

ARTICULO 2 - La publicación en el Boletín Oficial se efectuarádentro de los quince días hábiles siguientes a cada acto o hechoindicados en el artículo 1 de la presente ley. 

artículo 3:

ARTICULO 3 - Los tratados y convenciones internacionales queestablezcan obligaciones para las personas físicas y jurídicas queno sea el Estado Nacional, son obligatorios sólo después de supublicación en el Boletín Oficial observándose al respecto loprescripto por el artículo 2 del Código Civil. 

Ref. Normativas: Código Civil Art.2 

artículo 4:

ARTICULO 4 - Comuníquese al Poder Ejecutivo 

FIRMANTES

PIERRI-MENEM-Pereyra Arandía de Pérez Pardo-Piuzzi.