Se acaba de reglamentar la ley que autoriza a votar en las elecciones nacionales a los ciudadanos privados de libertad sin condena judicial, por lo que, en los próximos comicios, se instalarán mesas de votación, “cuartos oscuros” y urnas en las cárceles, con presidentes de mesas y fiscales de los partidos, que no podrán ser los mismos presos. Antes de votar estos podrán recibir información y propaganda electoral y, un día antes, tendrán el documento que los habilita a sufragar. Los sobres con los votos emitidos se remitirán al distrito electoral del domicilio de cada interno.

      Aplaudimos la norma porque amplía la participación y respeta el principio de inocencia, pero es críticable, porque:

· Permite votar sólo a los procesados que cumplen prisión preventiva, y no a los que no están procesados, y que se supone menos peligrosos, como los detenidos por averiguación de antecedentes, los arrestados por el estado de sitio –que esperamos que nunca vuelva-, por sanciones disciplinarias (de personal de seguridad, militares, etcétera), o por otras faltas o contravensiones.

· Impide sufragar a los detenidos en comisarías, hospitales, cuarteles, organismos de seguridad, o en sus domicilios, al disponer que la Cámara Nacional Electoral llevará un Registro de electores privados de libertad por distrito, en base de la información que remitan los tribunales penales del país ordenada por cárcel.

     Pero lo más absurdo es no cambiar el obsoleto sistema general de votación que tenemos, con el padrón dividido por sexos, con urnas de cartón y “cuartos oscuros” ubicados en colegios, para varones y mujeres, ubicados -muchas veces- lejos de la residencia de los electores, y a los que se accede por escaleras que algunos no pueden subir.

     En otros países hay voto electrónico (incluso hubo ya votaciones por internet), y en EstadosUnidos se admite el voto por correo, que puede emitirse unos días antes del comicio, que resolvería mejor el caso de nuestros presos, sin necesidad de urnas ni “cuartos oscuros” en las cárceles. Además, podrían votar de ese modo, también, los que están a más de 500 kilómetros de su domicilio, ahora relevados por la ley; los discapacitados; mayores de 70 años; los que no pueden dejar de trabajar y las personas ocupadas en tareas del comicio.

     Espero que, algún día, nos decidamos a cambiar, pero en serio.

     Córdoba, octubre de 2006.