Nuestro Código Civil define en su artículo 30 que ”Son personas todos los entes susceptibles de adquirir derechos, o contraer obligaciones.” Y en el 31 distingue: “Las personas son de una existencia ideal o de una existencia visible. Pueden adquirir los derechos o contraer las obligaciones que este Código regla en los casos, por los modos y en la forma que él determina. Su capacidad o incapacidad nace de una facultad que en los casos dados, le conceden y le niegan las leyes.”
La Constitución de Córdoba en su preámbulo reza que los constituyentes que la dictaron se reunieron “con la finalidad de exaltar la dignidad de la persona y garantizar el pleno ejercicio de sus derechos, y reafirmar los valores de la libertad, la igualdad y la solidaridad”
Pero, ¿que es la persona humana?
Para Santo Tomás “La persona es lo más noble y lo más perfecto en toda la naturaleza”[1]. La facultad de tomar conciencia de sí mismo es uno de los privilegios del espíritu, y que los grandes progresos de la humanidad no son sino progresos en ese tomar conciencia de sí.
El alma espiritual, con su inteligencia, su libre voluntad y sus sentimientos, es lo que dignifica al hombre. Esta realidad espiritual encarnada indisolublemente a su cuerpo lo constituye en rey de la creación. No hay nada más importante que él en el Universo, tanto en el reino animal, vegetal o mineral, excepto Dios. “Respetamos las estructura corpórea del hombre por ser la morada de un alma que no solamente es racional sino también inmortal”,como expresa Wordwsworth y “Gracias a la razón y al lenguaje –manifestaciones del espíritu-, el hombre no es solamente un ser individual, sino también un ser personal; dotado de dignidad. De ahí la radical alternativa a la que está sometido: progresiva y libremente superarse, crear y construir o paulatinamente degradarse y destruir. Humanización o animalidad crecientes.(...)El hombre es un absoluto en cuanto se encuentra desligado de las condiciones empobrecedoras de la materia (que, por supuesto, también la componen) en cuento no depende, como diría un filósofo, intrínseca y substancialmente de ella y no se ve afectado por la disminución ontológica que la materia inflinge a lo estrictamente y eclusivamente corpóreo.”[2]
Digno, dice la Real Academia, es lo “correspondiente, proporcionado al mérito y condición de una persona o cosa” . Germán Bidart Campos dice que la dignidad del hombre es “inherente a su ser, a su esencia, a su naturaleza(...)Quién no ‘es’ hombre (ausencia ontológica de ser) no puede resistir el predicado de la dignidad.”[3]
Jacques Maritain dice que el hombre, creado por Dios, como realidad material, como individuo, “(...)se sostiene a sí mismo por la inteligencia y la voluntad”, lo que significa “(...)que en la carne y los huesos del hombre hay un alma que es un espíritu y vale más que todo el universo material”. “La persona tiene una dignidad absoluta porque está en relación directa con lo absoluto, único medio en que puede hallar su plena realización”.
“Esta descripción no es monopolio de la filosofía cristiana(...) Es común a todas las filosofías que, de una u otro manera, reconocen la existencia de un Absoluto superior al orden todo del universo, y el valor supratemporal del alma humana.” El ser humano esta situado entre un polos: uno material que atañe a una sombra de la personalidad, a la que denominamos individuo, y que alude a estado concreto de unidad y de indivisión, y a otro espriritual que concierne propiamente a la persona. Tanto el hombre como los demás seres corporales, en el átomo, la molécula, en la planta, en el animal, la individualidad tiene por raíz ontológica primaria: a la marteria, el carácter común es que son unos muy distintos de todos los demás. La persona se basa en las más profundas y excelsas dimensiones del ser, en su raíz espiritual, es la “subsistencia” del alma espiritual comunicada al compuesto humano, alude a la interioridad propia en sí mismo y tiene relación y comunicación con el alma de los demás y con lo absoluto, de allí que sea imagen de Dios. Individuo y persona son dos aspectos metafisicos del ser humano.[4]
Para Emmanuel Mounier: “El destino del hombre se contempla aquí bajo todas las dimensiones, material, interior y trascendente; el llamado a la plenitud personal, vanguardia e instrumento de la historia universal, no está separado aquí del llamado a la humanidad como un todo, y no se considera ningún problema sin esta doble referencia. La historia del hombre parece entonces como una concurrencia dramática entre estos diversos puntos de vista, la crisis perpetua de una dialéctica apuntada a la unificación y a la perfección.”[5]
“Los santos Evangelios son un diálogo perpetuo entre tú y yo; y Dios, en fin, Dios mismo es personal, en la cúspide de la personalidad; es una trinidad de personas increadas(...). En “la palabra de Santo Tomás: la persona es lo más noble y perfecto que hay en toda la naturaleza.”[6]
“La personalidad es la subsistencia de un ser capaz de pensar, de amar y de decidir por sí mismo su propia suerte y que traspone por consiguiente, a diferencia de la planta y del animal, el umbral de la independencia propiamente dicha."[7]
“La personalidad es la subsistencia misma de un espíritu. En el caso del hombre es la subsistencia de un espíritu encarnado que comunica su existencia y su subsistencia al cuerpo que anima.”[8] La persona es “un universo de naturaleza espiritual, dotado de libre arbitrio y, por ende, un todo independiente frente al mundo. Ni la naturaleza ni el Estado pueden hacer mella en él sin su permiso, y Dios mismo, que está y opera en él desde adentro, opera de un modo especial, con una delicadeza exquisita que muestra el caso que de él hace. Dios respeta su libertad, en cuyo corazón habita sin embargo; no la fuerza jamás: la solicita.”[9]
“Para Santo Tomás, la individulidad, o más exactamente, la individuación, es lo que hace que una cosa de la misma naturaleza que otra difiera de esta otra en el seno de una misma especie y de un mismo género, es lo que hace que una cosa difiera de otra cuya naturaleza comparte.”[10]
Alfredo Fragueiro agregaba a la distinción del hombre como individuo y como persona, el de su personalidad, ya que todas las personas son iguales en dignidad, pero al desarrollar sus potencialidades espirituales y materiales, o sea sus personalidades, se tornan distintas y diferentes, y merecen un trato jurídico diferenciado (por eso el que tiene más capacidad económica deben pagar más impuestos que los que tienen menos). [11]
El hombre como persona es por naturaleza sociable, es un animal político -como decía Aristóteles-, y al entrar en relación de alteridad necesita proteger el desarrollo de su personalidad, este universo hipostático, como dicen los teólogos, unidad indisoluble de espíritu y materia, donde los bienes de la libertad, que residen en su espíritu; el de la vida, que está en su realidad material, y el del trabajo, que se expresan en su personalidad, espiritual y material, necesitan ser defendidos para ser respetados y protegidos, y allí nacen los derechos humanos, antes y por encima de las constituciones y las leyes, en defensa de su dignidad personal y sus bienes fundamentales: la libertad, la vida y el trabajo.
Córdoba, agosto de 2007.
[1] Suma Teológica I, 29, 3.
[2] Yepes Boscán, Guillermo “La dignidad humana como fundamento de las cooperación entre cultural”, en “Claves de la Globalización”, página 160 y siguientes, Editado por Roberto Papini, Biblioteca palabra, Madrid 2004.
[3] “Teoría general de los derechos humanos” página 72, Astrea, 1991.
[4] Maritain, Jacques “La persona y el bien común”, páginas 35 y siguientes, Club de Lectores, 1981.
[5] “La revolución personalista”, página 99, Editorial Los Andes, 1974.
[6] Maritain Jacques “Para una filosofía de la persona humana”, página 144 y siguiente, Club de Lectores, 1984.
[7] Maritain Jacques “Para una filosofía de la persona humana”, página 145, Club de Lectores, 1984.
[8] Maritain Jacques “Para una filosofía de la persona humana”, página 158 y siguiente, Club de Lectores, 1984.
[9] Maritain Jacques “Para una filosofía de la persona humana”, página 162, Club de Lectores, 1984.
[10] Maritain Jacques “Para una filosofía de la persona humana”, página 148, Club de Lectores, 1984.
[11] Fragueiro, Alfredo “Analogía del Derecho”, Universidad de Nacional de Córdoba, 1952.