El “efecto Blumberg” y los problemas de inseguridad que nos afectan ha provocado que el Ministro de Justicia, Gustavo Béliz, envía al Congreso varios proyectos de ley, entre los cuales se encuentra uno muy similar al que el presidente Carlos Menem presentó en 1998- que intenta privatizar en parte la justicia del crimen, con el establecimiento del juicio por jurados, basado en los "reclamos que parten de diversos sectores de la comunidad de la República, particularmente referidos a la falta de independencia de ciertos órganos judiciales respecto del poder político, así como a demandas de un mayor control y participación de la ciudadanía en la actividad judicial".Y, agrega, que "la Justicia penal" requiere de "un cambio sustancial que implique un mayor grado de imparcialidad, transparencia y eficiencia el que no debe postergarse".

Se aplicaría a "los delitos, imputados como dolosos, que hayan causado la muerte de una o más personas, y los que ellos concurran según las reglas de los artículos 54 y 55 del Código Penal".Asimismo, "se extenderá su competencia" para los delitos "contra la administración pública", pero el “imputado podrá" personalmente o a través de su defensor "renunciar al juicio por jurados", pero para ello será "necesaria la anuencia de la otra parte, el Ministerio Público Fiscal o el acusador particular". Y si hubiera "varios imputados, se requerirá la conformidad de todos ellos.

Los jurados serán integrados por 12 ciudadanos titulares y 6 suplentes, que deberán "tener entre 25 y 75 años de edad", "haber completado la educación básica obligatoria", "contar con pleno ejercicio de los derechos políticos", "tener domicilio conocido y profesión, oficio, industria, empleo u ocupación habitual", contar con "aptitud física y psíquica" y "residencia permanente no inferior a 5 años" en jurisdicción del tribunal competente. Quedan excluídos todos los funcionarios públicos, abogados, jueces, miembros de las Fuerzas Armadas y Fuerzas de Seguridad, además de los imputados, procesados y condenados por la Justicia. El veredicto de "culpabilidad requerirá nueve votos" del total del jurado, mientras que "el de no culpabilidad requerirá el voto favorable de siete de los miembros".

La Constitución de 1853, siguiendo a la norteamericana, estableció que “El Congreso promoverá la reforma de la actual legislación en todos sus ramos, y el establecimiento del juicio por jurados.” (art. 24). Además, el Congreso deberá dictar las leyes “...que requiera el establecimiento del juicio por jurados.”(art. 75 inc.12). “Todos los juicio criminales ordinarios, que no se deriven del derecho de acusación concedido a la Cámara de Diputados se terminarán por jurados, luego que se establezca en la República esta institución.” (art. 118).

Nunca se crearon, a pesar que hubo muchos proyectos desde el elaborado por Florentino González y Victorino de la Plaza de 1871. Finalmente se impuso; por ser el más justo, transparente y eficáz; el procedimiento penal, oral y mixto, a cargo de jueces del Poder Judicial, a partir del Código de Procedimientos Penales de Córdoba de 1940 (ley 3831), redactado por Alfredo Vélez  Mariconde y Sebastián Soler, con la asistencia de Ricardo Nuñez, y que luego adoptaron las demás provincias. A nivel federal entró a regir en 1992 (ley 23.984).

Los jurados “populares” fueron válidos en Inglaterra, de donde pasaron a Estados Unidos, cuando los jueces eran nobles designados por el rey, y los hijos del pueblo quería ser juzgado por sus pares. Hoy los jueces de la democracia también son “populares”, porque no pertenecen a una clase, a una corporación o a una casta superior, y para garantizar su independencia, honestidad e idoneidad, se los somete a concursos y a una riguroso proceso de selección, ante los consejos de la magistratura, tanto a nivel federal como provincial, y son designados por quienes han sido votados por el pueblo, luego de audiencias pública y de escuchar las opiniones e impugnaciones de la sociedad.

Buscar solución a los problemas de seguridad con el juicio por jurado es muy peligroso. Si el sistema es tan bueno, como el proyecto dice, y realmente serviría para democratizar la justicia por qué no se aplica también a las causas civiles y a las criminales en la etapa de la acusación o investigación de los delitos como en Estados Unidos. Los proyectos de Menem y de Kirchner se circunscriben a algunas causas penales y no resuelve ningún problema, ya que las sentencias no seran más justas, ni el juzgamiento más rápido. El sistema es más costoso, ya que no se suprimen tribunales ni se despiden jueces, pero se agregan jurados, que tendrán que cobrar viáticos y remuneraciones y habrá que ponerles custodia para su seguridad.

No es cierto que con ello se democratiza la Justicia, ya que los jurados no representan a nadie, no son mejores que los demás ciudadanos, y carecen de idoneidad, por no haber sido seleccionados, sometidos a concurso, ni designados por su mejor conocimiento del derecho, ni del arte de juzgar, ni por su ética. Además, al no estar sometidos a juicio político carecen de la responsabilidad que se le exige a los jueces. Al prohibirse a los abogados ser jurados, se proscribe a quienes están más preparados. Nada de esto garantíza un “cambio sustancial” que asegure “imparcialidad, transparencia y eficacia”.

Si el juicio por jurados es tan bueno por qué el proyecto no lo extiende a las causas civiles, laborales o administrativas. Nadie en la sociedad lo reclamó, ni hay suficientes quejas por la falta de imparcialidad de los jueces penales que justifiquen el cambio. Los reclamos que hay son por la falta de investigación de los delitos, lo que es más responsabilidad de la policía y que de la justicia, y en la demora en el trámite. Una encuesta de Diario Judicial le dio resultado negativo.

Si lo que se quiere es una justicia más democrática hay que hacer a los jueces electivos, pero de esta manera retrocederemos, como ocurre en una treintena de estados de los Estados Unidos donde se da esto, ya que politizaremos más de los que está a la Justicia, y los condicionamientos partidarios y que generan los compromisos de las campañas electorales pesarán sobre sus sentencias.

Si lo que se busca es mayor participación tendremos que comenzar por convenser a los ciudadanos para que denuncien los delitos de que son víctimas, que se animen a ser testigos y a reconocer a los delicuentes en la ruedas de presos, comoen otros aspectos hay que pedirles que no rehusen a ser autoridad de mesa en los comicios ni ha ser censistas cuando se los convoque.

La problemas de seguridad no tienen soluciones mágicas, y las responsabilidades de la Justicia en los mismos, no se superan con sustituir a los jueces por ciudadanos seleccionados por el sorteo, o sea privatizando el servicio de justicia. No hace mucho la magia de las privatizaciones nos dejó una experiencia que no nos gustaría repetir a los argentinos. No volvamos a tropezar de nuevo con la misma piedra.

Córdoba, julio de 2004.