Esta alta Casa de estudios, de la más antigua Universidad argentina, tiene hoy el alto honor de recibir en su histórico Salón de Grados la visita del señor Vicepresidente de la Nación y presidente del Senado Daniel Scioli con motivo la inuguración, en su Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, de la primera cátedra de Derecho Parlamentario del país.

Este hecho educativo ocurre, además, en el año del sesquicentenario del Congreso de la Nación, que como bien decía Ramón Columba: “(...) no sólo es la institución básica de nuestro sistema democrático, sino el espectáculo más atrayente que nos es dado presenciar. Y el más completo, porque es a la vez academia, universidad, cátedra de controversia, seminario de investigaciones, tribunal de justicia y vehículo de información. Tiene por misión esclarecer la conciencia de los argentinos y hacer oír la voz del pueblo y de sus autoridades, al dispasón sensible de cada período. La historia de nuestro Congreso es la historia de nuestra Nación, y en sus bancas –bancas de nadie, pero que nos pertenecen un poco a todos- encontramos los altibajos de nuestro destino.” Sin embargo, nuestra Constitución le encomendó, como órgano parlamentario insertado en la triada de la división de poderes ideada por Montesquieu, principalmente la función legislativa lo que no significó desligarlo de su demás roles y funciones. No olvidemos, se ha dicho muchas veces, que “Los Parlamentos son mejores en la crítica que en la elaboración, y superiores en el control que en la intervención directa en el gobierno o en la administración, mucho más aptos para las cuestiones básicas y de principios que para los detalles y problemas técnicos a ejecutar.

El Congreso de la Nación, y el Senado que preside hoy el vigésimo octavo vicepresidente constitucional argentino, que hoy nos visita,  fueron creados por la Constitución de 1853, teniendo por modelo la de los Estados Unidos de América, sancionada en Filadelfia en 1787. El Poder Legislativo fue tratado en la Sección Primera, del Título Segundo, de nuestra Carta Fundamental, en cinco capítulos, 39 artículos -sobre 107 que tenía toda la Constitución- y 2540 palabras –sobre 7195 que tenía el texto completo -, lo que importa más de un tercio del mismo. La Constitución vigente actualmente, con las reformas de 1860, 1866, 1898, 1957 y 1994, dedica 43, de sus 129 artículos, en siete capítulos, al Poder Legislativo, lo que representa, también, un tercio de su articulado. Esta apreciación cuantitativa demuestra que el Congreso era la institución más importante del gobierno diseñado por los padres fundadores en la Constitución.

La primera sesión de apertura del Congreso, reunido en Asamblea, tuvo lugar en Paraná el día 22 de octubre de 1854, a las 11 horas, en el Templo Matriz, luego que entre los dias 17 y 21 de ese mes y año se había reunido por separado ambas cámara en sesiones preparatorias. En las del Senado se discutió si la sesión inugural debió o no hacerse en el Iglesia de la Matriz, y en esa oportunidad el senador Facundo Zuviría, que había sido presidente de la Convención Constituyente que dictó nuestra Ley Fundamental, dijo que “se oponía a que la instalación del Congreso se hiciere en el templo, apoyado en la atribución 11ª  del Capítulo III de la Constitución, que señala la sala de Senado para aquel acto”, a ello contestó el senador Manuel Leiva, que también había sido constituyente, con estas palabras: “(...)no veía que se faltase o que se infringiese la Constitución,  verificando la instalación en el templo; por cuanto el Senado no tenía casa, puesto que no había disposición ninguna que hubiere señalado el local en que sesionaban por sala del Senado, siéndolo provisoriamente ínter se terminaba la que se construía actualmente destinada para la Cámara de Diputados, debiendo pasar el Senado a la que aquella desocupase. Que podía el Senado haber iniciado sus sesiones bajo una tienda de campaña, y que no por eso había de verificarse la instalación allí[1], la proposición fue votada y se decidió que la instalación solemne del primer Congreso debía ser en el templo por doce votos contra dos.

A la sesión inaugural del Congreso asistieron 14 senadores y 20 diputados, la Asamblea fue presidida por Salvador María del  Carril, el primer vicepresidente de la Nación, o de Confederación como le llamó la Carta Constitucional hasta su reforma en 1860, y presidente del Senado, el que fue acompañado por José Benito Graña, presidente de la Cámara de Diputados, actuando como secretario por el Senado Carlos María Saravia, y por Diputados Felipe Contreras. En dicha sesión estuvo presente el presidente Justo José de Urquiza, y la lectura de su mensaje la hizo el ministro del interior José Benjamín Gorostiaga, que había sido uno de los redactores de la Constitución, el que concluyó expresando de pie: “Quedan abierta las sesiones del primer Congreso Federativo Federal”.

La primera sesión ordinaria de ambas cámaras tuvo lugar el día 24 de octubre de 1854 y la primera ley se sancionó el 8 de noviembre. Las sesiones que se hicieron en 1854, fueron declaradas extraordinarias por una ley de 11 de noviembre, ya que habían ocurrido en fecha posterior al período de sesiones ordinarias que establecía la Constitución – 1º de mayo al 30 de setiembre- y duraron hasta el 3 de diciembre, sancionándose en ese período 21 leyes. Entre 1854 y 1861 el Congreso, con sede en Paraná, sancionó 292 leyes, y las cámaras sesionaban en forma alternada en el local de la calle Representantes, que lindaba con la casa de Gobierno y con la cual que se comunicaba.

El cargo de Vicepresidente se creó en la Constitución de Estados Unidos de 1787 y en la misma se le encargó a este funcionario presidir el Senado. El mismo sería electo por colegios electorales junto al presidente de ese país y ambos duraría cuatro años en el cargo. El primer vicepresidente fue John Adams. En la actualidad y en la última mitad de siglo los vicepresidentes se han dedicado más a esta función que a la de presidir el Senado, limitándose a desempatar las votaciones o presidir ese cuerpo sólo en las sesiones solemnes. El actual vicepresidente Dick Cheney tiene oficinas en la Casa Blanca y es un colaborador estrecho del George W. Bush, especialmente en el tema defensa que es su especialidad.

México, Chile, Colombia y Haití no tienen vicepresidente; Perú, Costa Rica y Panamá eligen dos y Honduras "designa" tres. El vicepresidente de Venezuela, es designado por el presidente. El de Estados Unidos, Argentina y Uruguay ejerce, además, la presidencia del Senado y, los dos primeros, desempatan sus votaciones. En Uruguay, además, integrar el Senado, con voz y voto, es presidente la Asamblea General, compuesta por ambas cámaras. En cambio la Constitución de Guatemala y la de El Salvador declaran que el  vicepresidente integra el Poder Ejecutivo, junto al presidente, los ministros y viceministros de Estado y funcionarios dependientes; la primera agrega que participa en las deliberaciones del Consejo de Ministros con voz y voto y tiene por funciones representar al presidente cuando éste lo decida, coadyuvar con el mismo en la dirección general del gobierno y participar en la formulación de la política exterior y la relaciones internacionales. La segunda dispone que los integrante del Poder Ejecutivo, entre los cuales está el Vicepresidente, son solidariamente responsables por los actos que autoricen. La Constitución de Paraguay, en el artículo 239, le asigna, además de la función de sustituir al Presidente la de: “representar al Presidente de la República nacional e internacionalmente, por designación del  mismo, con todas las prerrogativas que le corresponden  a aquél, y(...) participar de  las deliberaciones del Consejo de Ministros y coordinar las relaciones entre el Poder Ejecutivo y el legislativo.” La de Constitución de Nicaragua dice que el Vice-presidente “desempeña las funciones que le señale la presente Constitución Política, y las que le delegue el Presidente(...)”

El sistema democrático necesita de la educación política de ciudadanos y dirigentes para alcanzar un alto grado de eficancia en el funcionamiento de sus instituciones y para hacer posible una mayor y mejor participación. La importante responsabilidad y complejidad de la organización y procedimientos de los parlamentos, Congreso, legislaturas y concejos deliberantes, que tenemos en nuestro país ha hecho necesario que se profundicen los estudios e investigaciones que se desarrollan sobre los mismos, y que forman una rama del Derecho Constitucional. La autoridades de esta Facultad han entendido que no es suficiente la enseñanza de la misma como una parte de esta asignatura, sino que para los futuros abogados que quieran profundizarla ha creado un materia optativa en el último año de la carrera que se viene desarrollando, por primera vez, en dos grupos, con más de cien alumnos, desde el mes de abril de este año, y su cursado y la aprobación de las correspondientes evaluaciones constará en los respectivos certificados de estudio cuando se graduen.

El Vicepresidente Daniel Scioli viene desarrollando, desde la presidencia del Senado, y acompañado de un jerarquizado equipo de asesores -entre los que está el Licenciado Roberto Reale-, un importante “Plan de Fortalecimiento Institucional” que pretende la modernización, la mayor eficacia y transparencia de esta Cámara y del Congreso, y sobre esto ha dicho: “Aspiro a un Senado que sea un orgullo para todos los argentinos”. La votación electrónica y la transmisión por televisión de las sesiones son logros ya obtenidos por este plan. El convenio que hoy se firmó con el Vicegobernador de Córdoba, en nombre de la Legislatura de esta Provincia, y el que se firmó con el Rector de esta Universidad, y la creación de la primera cátedra de Derecho Parlamentario en una universidad argentina, son pasos encaminado en este mismo sentido: la reforma de las instituciones parlamentarias, el mejor funcionamiento de nuestra democracia y la mayor calidad de la educación de nuestros ciudadanos y dirigentes.

Aspiramos también a que muy pronto el texto original de l.a Constitución sancionada en 1853, manuscrita por el convencional constituyente de Córdoba Luis del Campillo, que se encuentra guardada en una caja fuerte de la Secretaria Parlamentaria del Senado sea colocada en un templete en el Salón Azul del Congreso para que los argentinos podamos verla, admirarla y venerarla, como han propuesto distintos proyecto legislativos y como viene pidiendo la Asociación Argentina de Derecho Constitucional. 

Con este acto, con estas ilustres presencias, con los convenios firmados y con la puesta en marcha de la materia Derecho Parlamentario estamos rindiendo un sentido homenaje a la institucióin  más impotante de nuestro Gobierno federal, el Congreso dela Nación, que en pocos meses cumplirá ciento cincuenta años de su inauguración, y que debe ser para nosotros y para nuestra posteridad el faro que ilumine los más altos destinos de nuestra querida patria.

                                                                        Córdoba, 25 de junio de 2004.