Próximo a cumplir 28 años de la recuperación de la Democracia Constitucional es lógico de preguntarnos si hemos avanzado respecto del postulado preambular de “afianzar la justicia”, y seguramente la respuesta será positiva ya que el progreso que hemos experimentado en garantizar los derechos humanos ha sido significativo, no sólo porque se han juzgado a los responsables de los crímenes ocasionados por el último Gobierno Militar o porque “Nuevos derechos y garantías” se han incorporado al texto de nuestra Ley Fundamental, sino porque la Justicia Constitucional ha tenido un papel activo en que los mismos sean respetados. Ejemplo de ello son los progresos experimentados por los derechos de las mujeres, de las minorías, de los consumidores y usuarios de servicios públicos, y de los derechos a la información y al ambiente. 

Reclamos 

Sin embargo, los ciudadanos se quejan, y no sin razón, de: 

·         la demora en la designación de jueces;

·         la tardanza en la tramitación de los pleitos;

·         la insuficiente cantidad de tribunales o secretarías;

·         que los que hay están abarrotados de causas;

·         del insuficiente número de empleados que tienen;

·         de la estreches de las oficinas y de la falta material adecuado de trabajo;

·         que no se terminan de asimilar las nuevas tecnologías digitares o electrónicas en las oficinas tribunalicias;

·         que no se emplean más los métodos alternativos de resolver conflictos como la conciliación, la negociación, la mediación o el arbitraje.

·         Víctimas de la inseguridad y que piden soluciones drásticas, incluso hasta que se implante la pena de muerte. 

Los órganos de gobierno o de la administración: 

·         En muchos casos no se cumplen con las órdenes judiciales, sea ellas medidas cautelares, como lo ocurrido en el del Parque Indoamericano, o sentencias. como en el caso del procurador “Sosa” de la provincia de Santa Cruz;

·         Hay jueces y fiscales que con sus decisiones han favorecido a políticos o funcionarios de gobierno o han demorado el trámite o la investigación de graves delitos cometidos por gente del gobierno;

·         El ministro de la Corte Raúl Eugenio Zaffaroni se negó a dar explicaciones ante una comisión de la Cámara de Diputados de una grave denuncia que se  le hiciera en su contra;

·         Hay reclamos por  el manejo que el gobierno hace del Consejo de la Magistratura y por la demora significativa de la Presidenta para cubrir las vacantes  de jueces en el Justicia Federal;

Hay demora del Poder Legislativo en dictar o modificar leyes, con lo que se podría evitar la existencia de muchos pleitos, como por ejemplo la ley de riesgos del trabajo;

Hay organismos del Estado que son responsables de la existencia de miles de juicios, como es el caso del ANSeS;

Alguna vez la presidenta Cristina Fernández de Kirchner se quejó de la Justicia por la demora en las causas contra los represores, la ministra de la Corte Suprema Carmen Argibay se defendió atribuyéndole responsabilidades por ello a los Poderes Legislativo y Ejecutivo;

Hay queja, también,  de los parientes y allegados a los represores de que las causas  en que se los juzga se demoran y que no se juzga con la misma vara a quienes hicieron terrorismo desde la guerrilla.

 

Todo ello pone en duda la credibilidad del sistema judicial de la Constitución. 

La virtud de la Justicia 

Todo ello  nos obliga a preguntarnos: ¿Qué hacer la Justicia? 

La primera respuesta es que la Justicia es la virtud,  que nos obliga a dar “a cada uno lo suyo”. Nuestra Constitución, en su preámbulo, manda  “afianzar la justicia”  e invoca a “Dios, fuente de toda razón y justicia”. Y los jueces, no sólo de la Corte Suprema,   deberán ejercer sus funciones “administrando justicia bien y legalmente” (Art. 112). 

Siendo ello así es responsabilidad de todos, gobernantes o gobernados; legisladores, autoridades ejecutivas, jueces, profesores, maestros o simples ciudadanos, el honrarla, predicarla y practicarla.  

Para afianzarla, debemos comenzar por “educar al soberano”, que es el conjunto de los ciudadanos, desde los medios formales e informarles, para hacerles tomar conciencia de sus responsabilidades sociales y políticas, y de cómo comportarse en la relaciones con los demás. 

Los jueces y el Poder Judicial 

En cuanto al Poder Judicial, no mejorará ni será más creíble, si no se tiene en claro el papel institucional que le cabe en la hora actual. Parcharlo, con reformas parciales como las propuestas de hacer más severo al Código Penal, de acelerar los juicios a los represores del último gobierno militar, el bajar la edad de los imputabilidad, el desincriminar el consumo de estupefaciente o el aborto, el legalizar la marihuana, el implantar la pena de muerte, el sólo aumentar el presupuesto o el personal del Poder Judicial, es perder el tiempo porque ello no resuelve los problemas de fondo. 

El Poder Legislativo, luego de un amplio debate, tiene que hacer una profunda reforma de la organización judicial, de la legislación de fondo y de procedimientos y revisar las normas orgánicas, administrativas y financieras del Poder Judicial.

1. La Escuela de la Magistratura debe formar a los abogados que aspiran a ser jueces -integren actualmente o no el Poder Judicial-, a los que quieren ascender o cambiar de especialidad o de jurisdicción, a los que ya ejercen la magistratura y n necesitan actualizarse, a los funcionarios que los asisten. 

2.      Debe derogar la última reforma a la ley orgánica del Consejo de la Magistratura. 

3.      Debe sancionar un Código de la Seguridad Personal, como el que proyecté cuando fui diputado de la Nación y que está vigente en la provincia de Tucumán, que fije los procedimientos de la acción de inconstitucionalidad; el recurso extraordinario ante la Corte Suprema; la declaración de inconstitucionalidad de oficio; el hábeas corpus; el amparo; el hábeas data; el derecho a la información; la acción de rectificación o réplica; las medidas autosatisfactivas; las cautelares autónomas; la acción colectiva y “de clase”; y los conflictos de competencia entre los tribunales inferiores. La creación del registro de las personas privadas de su libertad y de los desaparecidos. 

4. El Poder Ejecutivo debe adecuar los organismos de seguridad y de inteligencia, que coadyuvar al accionar de los tribunales, y tomando la experiencia positiva de la provincia de Córdoba habría que crear la Policía Judicial a nivel federal y de otras provincias.  

5.  Hay que terminar desde el Estado de generar largos e inútiles pleitos, que son muy costosos e inundan los tribunales, como los del “corralito” y de los reajuste a las jubilaciones. 

6. Para reorganizar la Justicia hay que redefinir el rol de la Corte Suprema la que, como el más alto tribunal de la República, falle uno o dos centenares de casos de trascendencia institucional por año, como la de Estados Unidos, que orienten y uniformen los criterios básicos que deben seguir los demás tribunales al interpretar la Constitución, los tratados y las leyes; corregir errores y unificar interpretaciones disímiles de los Tribunales y Cortes Supremas de las provincias y Cámaras de Apelaciones federales. 

7. La casación debe abolirse, por ser un recurso traído de sistemas judiciales (europeos) extraños al nuestro, que revisa sólo los fundamentos normativos y no los de hecho; y porque dicha revisión parcial es contraria al Pacto de San José de Costa Rica [Art. 8, 2 h)], según la  Corte en el caso “Casal, Matías” (20-9-05), que exige doble instancia donde se pueda cuestionar los hechos y el derecho. 

8. En el orden federal, deberá disolverse la Cámara de Casación Penal y volverse a limitar la competencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social a la ciudad de Buenos Aires. Las Cámaras Federales de Apelación, en su reemplazo, deberán ser los tribunales de alzada en materia penal y de la seguridad social en las provincias, con el necesario incremento de jueces, personal e infraestructura. 

9. Las “megacausas”; como la de los represores, la de Cromagnon o la de la voladura de la fábrica militar de Río Tercero; deberán tener procedimientos especiales y ser provistos de la infraestructura y del personal que fuere necesario. La litigiosidad masiva, como la de los jubilados o lo que fue el “corralito”, deberá contar con trámites abreviados. 

10.                     Las Cortes o Tribunales Superiores provinciales o de la ciudad de Buenos Aires deberán atender los recursos de inconstitucionalidad y los fundados en la arbitrariedad de las sentencias, convirtiéndose en tribunales constitucionales o no de casación como lo son en la actualidad. Los tribunales inferiores provinciales deberán tener doble instancia, para atender  las apelaciones, lo que hará innecesaria la casación. 

11.                     Deberá revisarse el procedimiento oral de los tribunales colegiados penales y laborales, los que reducirán su actuación a las causas más complejas, y dejarán a que sus jueces, en actuación unipersonal, juzguen los procesos más simples. 

12.                     Los jueces de familia -asistidos por psicólogos y asistentes sociales- deberán resolver con inmediatez las cuestiones sometidas a su conocimiento, incluidas las de violencia.  Los jueces vecinales, de faltas y contravenciones -provinciales o municipales-, con formación de mediadores, deberán impartir justicia, mediante un trámite sencillo y sin costo. Deberá someterse más causas a mediación y al arbitraje. 

13.                     La incorporación de la electrónica y el Internet en los tribunales es todavía insuficiente, lo que con el aumento de la litigiosidad, obliga al uso de una cantidad inusitada de escritos, expedientes, tribunales, archivos, personal y edificios dedicados a interminables juicios, que en mucho de sus tramos se tramitan en Buenos Aires o en las grandes ciudades, lo que implica centralización, ineficacia y mayores costos. 

Las soluciones mágicas 

Las soluciones mágicas, como la de mutar nuestro sistema presidencialista por el parlamentario – propuesto entre otros por Eduardo Duhalde y Eugenio Raúl Zaffaroni-, significa retroceder a los ya superados modelos monárquicos o post-monárquicos europeos, en algunos casos con propósitos subalternos como el de lograr la reelección de la presidenta, y eludir la responsabilidad de terminar con el híperpresidencialismo, los decretos de necesidad y urgencia, la legislación delegada, y la concentración de recursos financieros en la inmensa caja del gobierno federal -en desmedro de los recursos provinciales y municipales-, y volver al avanzado sistema de de división de poderes y de federalismo que establece nuestra Carta Fundamental. 

Junto con ello no faltan los que quieren copiar el sistema judicial, que integran jueces de carrera, de los países europeo con sistema de gobierno parlamentario, y de crear un Tribunal Constitucional, y que tenga a su cargo un control concentrado de constitucionalidad, lo que agregará una nueva instancia -que demorará más los pleitos-, lo que traerá un conflicto con la Corte Suprema, como el suscitado cuando se implantó el Consejo de la Magistratura, y como ocurrió en países vecinos donde se creó una Corte Constitucional. 

El control de constitucionalidad concentrado en el Tribunal Constitucional, impedirá a los demás jueces ejercerlo, como ocurre en la actualidad; por lo que tendrían, cuando se les plantea la inconstitucionalidad, suspender las causas y elevarlas a dicho Tribunal para que se expida sobre ello; o aplicar al fallar leyes inconstitucionales hasta que la causa llegue a dicho Tribunal.  

Como las sentencias de los tribunales constitucionales tienen efecto erga omnes, y no para el caso concreto como en nuestro sistema, con ello se le sustraería al Congreso la atribución de derogar la ley inconstitucional, la que le es propia -como la de sancionarla-, por ser el órgano que representa a la voluntad popular. 

Otra solución mágica, fracasada en la provincia de Córdoba, fue implantar el juicio por jurados, sea mediante escabinos (2 ciudadanos iletrados que se agregaban a los 3 jueces de las Cámaras del Crimen), ya dejado de usar; o el del jurado, de la llamada ley (Juan Carlos) Blumberg, por el que se juzgan los delitos graves en Córdoba, conformado por los 3 jueces de Cámara y 8 legos , y el juez que lo presidente no vota, pero debe fundar, de hecho y de derecho -a veces en contra de sus convicciones-, el de disidencia de los iletrados, cuando estos no adhieren al de alguno de los jueces. Los que ignoran las normas de derecho y el arte de juzgar no pueden impartir justicia, esta experiencia así lo ha demostrado. 

Las buenas ideas que surjan de este impostergable debate podrán ser la respuesta a la pregunta inicial pero siempre recordando lo que Piero Calamandrei no decía en “Elogio de los Jueces escrito por un Abogado.” Que: 

“El aforismo tan estimado por los viejos doctores según el cual res iudicata facit de albo nigrum et de quadrato rotundum (La cosa juzgada convierte lo blanco en negro y lo cuadrado en redondo) hace hoy sonreír; sin embargo, pensándolo bien, debería hacer temblar. El juez tiene, efectivamente, como el mago de la fábula, el sobrehumano poder de producir en el mundo del derecho las más monstruosas metamorfosis, y de dar a las sombras apariencias eternas de verdades; y porque, dentro de su mundo, sentencia y verdad deben en definitiva coincidir, puede, si la sentencia no se adapta a la verdad, reducir la verdad a la medida de su sentencia.”                                                          

Córdoba, Noviembre de 2011.